Liverpool vende por error pantallas de 55 pulgadas en mil 600 pesos y cancela ventas, Profeco ya interviene
Redacción
México.- Una equivocación de Liverpool llevó a promocionar en el portal de la tienda pantallas de 55 pulgadas a mil 610 pesos o menos de 2 mil pesos, lo que llevó a la tienda departamental a cancelar unilateralmente las compras.
El error estuvo en que se anunciaron pantallas en menos de 2 mil pesos cuando en realidad el valor real de las pantallas es de hasta 60 mil.
Por la noche del 1 de agosto y madrugada del 2 de agosto, Liverpool recibió cientos de órdenes de compra por televisiones Samsung en precios de los 1,500 a los 2,000 pesos, con tamaños entre las 43 y las 55 pulgadas. Horas después, Liverpool comenzó a notificar sobre las cancelaciones de las pedidos, realizó reembolsos y hasta ofreció cupones promocionales del 10% para resarcir a compradores, según correos que hemos visto en Xataka México.
Ahora, un grupo de más de 400 afectados se están organizando para acudir directamente con Profeco y hacer que el descuento ofertado a través del portal y app de Liverpool sea respetado.
Algunos de los afectados recurrieron a contactar a la tienda a través de WhatsApp. Quienes lo hicieron, recibieron la explicación de que las compras fueron canceladas por «falta de inventario»
Ante ello, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió hasta hoy al mediodía 125 solicitudes de conciliación.
Esta “compra o intento de compra realizados por consumidores a través del portal de internet o de la aplicación móvil del proveedor Liverpool, respecto de algunos modelos de televisiones” se atenderán a través de Conciliaexprés.
La Profeco afirmó que revisarán que efectivamente se haya concretado la compra, tengan número de pedido, y que la transacción de la misma esté cancelada por la tienda departamental.
Se les pedirá también que tengan “pruebas fehacientes de haber intentado realizar la compra”, como puede ser capturas de pantalla, fotos o vídeos.
¿Cómo comprobar tu compra?
La Profeco recomendó enviar solicitud de conciliación con las evidencias, a fin de obtener la indemnización correspondiente porque:
“El artículo 50 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que si el autor de la promoción no cumple su ofrecimiento, el consumidor podrá optar por exigir el cumplimiento, aceptar otro bien o servicio equivalente o la rescisión del contrato y, en todo caso, tendrá derecho al pago de la diferencia económica entre el precio al que se ofrezca el bien o servicio objeto de la promoción y su precio normal, sin perjuicio de la bonificación o compensación que contempla el artículo 92 TER de la propia Ley”.